Unidad de Igualdad y Conciliación

El artículo 213 de los Estatutos de la Universidad de Granada, establece la creación de la Unidad de igualdad entre mujeres y hombres para impulsar políticas activas que garanticen la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. En concreto, velará para que cualquier forma de sexismo, discriminación y exclusión por razones de sexo sean erradicadas de la Universidad.

Son funciones de esta unidad, al menos, las siguientes: 

  • Colaborar y asesorar en la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad de la Universidad.
  • Supervisar la implantación y el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad en el ámbito universitario.
  • Impulsar la transversalidad de la perspectiva de género en todos los ámbitos de la actividad de la Universidad.
  • Velar por el uso no sexista del lenguaje y un tratamiento igualitario en los contenidos e imágenes que la Universidad utilice en el desarrollo de sus actividades.
  • Promover la realización y divulgación de análisis e investigaciones sobre la situación de desigualdad por razón de sexo en la Universidad de Granada.
  • Contribuir a la elaboración e inclusión de indicadores de género en las estadísticas y recogida de datos que se realicen por parte de la Universidad y a la difusión del uso de instrumentos de evaluación de impacto de género en la ejecución de sus políticas.
  • Realizar campañas de sensibilización en materia de igualdad.

La unidad de igualdad dispondrá de los medios económicos y materiales que le asigne la Universidad para el adecuado desarrollo de sus funciones.

Un plan de igualdad es mucho más que la recopilación de una serie de medidas para conseguir unos determinados objetivos. Es el reflejo del compromiso de la institución con la realidad que lleva a actuar en ese sentido, y cuando el plan se centra en la igualdad, las referencias cercanas plasmadas en sus líneas estratégicas se ven superadas por dos hechos:

Consultar planes de igualdad de la UGR

La Universidad de Granada dispone del Protocolo de la UGR para Prevención y Respuesta ante el Acoso, siendo su objetivo general "Prevenir y evitar las posibles situaciones de acoso, en cualesquiera de sus formas en la Universidad de Granada y en los organismos dependientes de ésta y afrontarlas de manera efectiva en caso de que éstas lleguen a producirse, a través de la prevención primaria, secundaria y terciaria".

Prevención y atención

El Punto Violeta es una iniciativa promovida por la Unidad de Igualdad y Conciliación de la Universidad de Granada para la prevención y sensibilización de las violencias machistas en el ámbito universitario y para la atención y derivación ante las situaciones que lo requieran.

Punto Violeta

El artículo 51, apartado b) de la Ley 3/2007, recoge los criterios de actuación de las Administraciones Públicas y en particular se evidencia “facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sin menoscabo de la promoción profesional”. Conforme a este punto, el artículo 4 de la Ley 12/2007, que recoge los principios generales de actuación de los poderes públicos, en su apartado 11 señala “la adopción de las medidas necesarias para permitir la compatibilidad efectiva entre responsabilidades laborales, familiares y personales de las mujeres y los hombres de Andalucía”. Teniendo en cuenta esta normativa, la Universidad de Granada en su firme compromiso por garantizar el ejercicio de estos derechos, recoge en el II Plan de Igualdad los siguientes objetivos:

  • Garantizar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del PDI, PTGAS, y estudiantado, sin menoscabo de la promoción profesional, facilitando a todas las personas el efectivo disfrute de permisos, excedencias, reducciones de jornadas, cambio de turno, prestaciones y los demás derechos reconocidos por la ley y los convenios colectivos.
  • Promover una cultura de corresponsabilidad, con especial atención al desempeño de tareas domésticas y de cuidados.